La pericial pensada para el procedimiento
Cuando un asunto llega a los tribunales, el informe pericial cambia de naturaleza: deja de ser un documento de análisis para convertirse en prueba. Y como prueba será examinado por la parte contraria, contrastado con otras periciales y sometido a interrogatorio en la vista.
Por eso todos mis dictámenes judiciales se construyen con tres principios:
- Metodología explícita: qué se ha inspeccionado, qué se ha medido, qué documentación se ha analizado y qué comprobaciones se han realizado. Una conclusión sin método es una opinión vulnerable.
- Evidencia trazable: cada afirmación relevante se apoya en datos verificables (fotografías, mediciones, documentos, normativa) que el tribunal pueda seguir.
- Claridad expositiva: un dictamen que el juez no entiende no cumple su función. Las cuestiones técnicas complejas se explican con precisión pero en lenguaje comprensible.
Ámbitos en los que actúo como perito
Mi actividad judicial se centra en los mismos ámbitos que el resto de mi ejercicio: siniestros de seguros y controversias de cobertura, responsabilidad civil (especialmente en construcción), patología constructiva y defectos de edificación, Todo Riesgo Construcción y seguro decenal, y valoración de daños. Intervengo como perito de parte, designado por una de las partes o por su abogado; la designación por el juzgado sigue otro cauce, el de las listas colegiales.
La ratificación en sala
La defensa del dictamen es parte del encargo, no un añadido. Asumo la ratificación, las aclaraciones solicitadas por las partes y el careo técnico con otros peritos, y analizo con el abogado los aspectos técnicos de las periciales contrarias. La solidez de la intervención en sala se construye durante la elaboración del dictamen: una metodología cuidadosa, evidencia trazable y conclusiones técnicamente sostenibles permiten responder con serenidad al contraste de las partes.